Deducciones fiscales

Plazo de presentación abierto todo el año.

Dirigido a

  • Personas físicas y autónomas: Deducción a través del impuesto de la renta para las personas físicas (IRPF).
  • Empresas y personas jurídicas: Deducción a través del Impuesto de Sociedades (IS).

Porcentaje de deducción 

La deducción general es del 15%

Se puede aumentar este porcentaje en los siguientes supuestos:

  • Si se trata de instalaciones térmicas conectadas a calefacción/ACS (+5%)
  • Si es comunidad de vecinos (+5%)
  • Si es microrred con dos fuentes de EERR (+5%)
  • Si no genera emisiones de gases efecto invernadero (+10%)
  • Si lleva almacenamiento (+10%)

En cualquier caso, la deducción máxima acumulada no puede superar el 30%.

Documentación a presentar

Es necesario disponer de un informe emitido por el Servicio de Transición Energética.

El procedimiento para obtenerlo es:

1.- Instancia (presencial o telemática) al Servicio de Transición Energética.

2.- Documentación adjuntada a la instancia:

  • Impreso de solicitud
  • Factura DESGLOSADA
  • Justificante bancario de pago
  • Fichas técnicas
  • Fotos
    Registro de instalaciones de BT o térmicas, si procede.

Cuándo se aplica la deducción

Deducción IRPF: Se deduce cuando se FACTURA.

  • La suma de las bases de deducciones no podrá exceder del 25 por 100 de la base liquidable del sujeto pasivo.
  • Las cantidades no deducidas por exceder del límite señalado en el párrafo anterior o por insuficiencia de cuota podrán aplicarse, respetando el mencionado límite, en los periodos impositivos que finalicen en los cuatro ejercicios siguientes.

Deducción Impuesto de Sociedades: Se deduce cuando se produce la entrada en funcionamiento del bien.

  • Si hay insuficiencia de cuota deducible se puede aplicar la deducción durante los durante15 años inmediatos y sucesivos.